Año - 1931

La Ley de Contrato de Trabajo de 1931 en la Segunda República mantuvo en vigor la normativa anterior, pero con la intención de «laboralizarlo», al entender como trabajadores «a los aprendices, reciban o no un salario  o paguen ellos al patrono algún suplemento, en cuanto no se derive otra relación de su contrato particular, conforme a la regulación especial del contrato de aprendizaje». 

En otras palabras, esto venía a suponer que, en su origen, los aprendices podían trabajar sin recibir remuneración alguna, e incluso pagar al empresario para recibir su formación a la vez que trabajaban.

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